Son los comprobantes que pueden ser otorgados por los compradores cuando su vendedor no tiene RUC, es persona natural productora y/o acopiadora de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal, productos silvestres y artesanías.
Las liquidaciones de compra tienen una vigencia de doce meses contados a partir de la fecha en que fueron autorizadas por la SUNAT.
No hay comentarios:
Publicar un comentario